Pólizas, Seguros y Asistencias

En CoopeJudicial velamos por el bienestar de nuestras personas asociadas; razón por la cuál ofrecemos diferentes soluciones que te permiten protegerte a vos y a tus familiares.  

Trabajamos con las principales aseguradoras del país para ofrecerle diferentes alternativas y seleccionar a la que mejor se ajuste a tus necesidades.

Para mayor información escribinos al correo [email protected] o llamá a Servicio al Cliente al teléfono 2528-5757.

Pólizas

  • Dicha póliza cubre únicamente en caso de fallecimiento del asociado ACTIVO con más de 6 meses de afiliado.
  • El monto de ¢3.000,000.
  • Se aseguran Asociados que se afilien antes de cumplir los 65 años.
  • Debe estar al día con los aportes de Asociado y obligaciones crediticias.
  • La indemnización queda sujeta a resolución por parte del ente asegurador.

La póliza de fondo de socorro mutuo directo es un beneficio que aplica para las personas asociadas con más de 6 meses de estar afiliados a la cooperativa. El monto que se entrega al beneficiario (s) es de ¢3.000.000 al presentar los requisitos establecidos por CoopeJudicial. Cédula del asociado fallecido y de los beneficiarios.

Los documentos que debe presentar para solicitar el beneficio son:

  • Acta de defunción por causa de fallecimiento.
  • Carta solicitando el beneficio.
  • Formulario completo para revisar expedientes médicos.
  • Formulario completo de la solicitud de reclamo del INS.

Este beneficio aplica para los asociados con más de 6 meses de estar incorporados a la Cooperativa. Cubre a familiares en primer grado de consanguinidad( padre, madre, conyugue e hijos hasta los 18 años o 25 años si aún están estudiando o si presenta alguna capacidad especial) . El reclamo debe de realizarse posterior a la fecha de fallecimiento hasta un año y vamos a realizar la entrega del beneficio basándonos en el tiempo que ha estado asociado la persona solicitante.

  • Cédula de identidad del asociado y del familiar fallecido.
  • Acta de defunción con causa clara de fallecimiento.
  • Certificación de nacimiento o matrimonio según caso.
  • Carta solicitando el beneficio
  • Declaración Jurada.
  • Cubre en caso de fallecimiento o incapacidad absoluta y permanente del asociado en estado ACTIVO.
  • Se asegura a partir de 5 millones acumulados en el monto original por asociado. Además, el monto máximo asegurable por persona es de ¢130.000.000 .
  • En caso de aplicar indemnización primeramente se debe de cancelar el saldo de la operación y el remanente se reintegra a los beneficiarios o al asociado según corresponda (fallecimiento o incapacidad)
  • En caso de incapacidad permanente el Asociado debe presentar la documentación requerida por la aseguradora. Durante el proceso de revisión de la documentación el Asociado deberá continuar con los pagos de las operaciones vigentes.
  • Debe estar al día con los aportes de Asociado y obligaciones crediticias.
  • La indemnización queda sujeta a resolución por parte del ente asegurado
  • Cubre el saldo actual de las operaciones, tomando en cuenta que el monto original acumulado sea menor a 5 millones.
  • Aplica en caso de incapacidad absoluta o permanente y fallecimiento.
  • A dicho fondo ingresan los recursos que se rebajan en la cuota del crédito según corresponda un 1% o bien un 2%.
  • El período para gestionar el trámite es de 1 año.
  • Actualmente CoopeJudicial trabaja por medio de una corredora de seguros. Esto nos permite poder formalizar seguros con las diferentes entidades aseguradoras del mercado.
  • La corredora prepara una terna para que el Asociado pueda elegir la opción que más se ajuste a sus necesidades.
  • Mensualmente CoopeJudicial puede aplicar deducción de planilla el rebajo correspondiente.

Seguros

Es un seguro sin deducible para aquellos riesgos cibernéticos como el fraude, el robo de información y dinero a través de accesos digitales con cobertura a nivel mundial.

Aplica para cualquier tarjeta sea débito o crédito.

Coberturas:

  • Virus informático
  • Ciberataque
  • Spoofing
  • Phishing
  • Vishing
  • Llamada tripartita
  • Ramsomware
  • Otros delitos que involucren accesos digitales.
  • Cobertura Gold hasta ¢1.350.000 por persona por año.

Robo de identidad – Robo electrónico ($) – Robo de fondos – Fraude por compras online – Asistencia help desk.

Cuota: ¢1.713.05 por mes

  •  Cobertura Platinumhasta ¢1.890.000 por persona por año.

Robo de identidad – Robo electrónico ($) – Robo de fondos – Fraude por compras online – Asistencia help desk – Extorsión cibernética – Reemplazo hardware   – Fraude por instrucción electrónica.

Cuota: ¢ 2.516.04 por mes

El seguro para protección contra desempleo es un seguro individual y se debe de tomar directamente con la corredora vigente.

Coberturas básicas:

  • Despido con responsabilidad patronal.
  • Incapacidad temporal extendida producida por enfermedad o accidentes (después de 60 días consecutivos).
  • No tiene deducible
  • Cobertura por máximo 12 meses.
  • Aplica únicamente para personas asalariadas registradas en la CCSS con más de 4 meses de laborar con el mismo patrono.
  • La persona debe esperar un período de 2 meses para presentar un reclamo.
  • La prima está relacionada a la cuota del crédito.
  • Cubre únicamente para activos, asalariados, entre 18 y 65 años, todas las líneas de crédito excepto bonificado y back to back.

Asistencias

Es un plan de salud regulado por el MEIC que funciona como una membresía.

El plan les permite a las personas acceder a servicios privados de Salud con hasta 100% de cobertura sin restricciones de ningún tipo y en todo el territorio nacional.

Coberturas:

  • 100% cobertura medicina general.
  • Complemento Urgencias 360 (ambulancia y médico a domicilio).
  • Coberturas sobre: Especialidades médicas (más de 80 especialidades como Odontología, Nutrición, Psicología, Terapia física, Ginecología, Pediatría, Dermatología, Gastroenterología, entre otras).
  • Laboratorios
  • Imágenes médicas
  • Descuentos en farmacias, veterinarias, ópticas, salas de cirugía.

Cuota: ¢5.441 por persona.

También se puede afiliar a familiares y seres queridos sin restricción de consanguinidad.

Cuota: ¢4.836 por persona.